El Tribunal Supremo de España confirmó el 12 de octubre, por cinco votos a uno, la decisión de bloquear temporalmente el voto de unas 163.020 personas que obtuvieron la nacionalidad española al amparo del artículo octavo de la Ley 20/2022 (Ley de Memoria Democrática) y se inscribieron en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) antes de las elecciones anticipadas del 29 de noviembre. El tribunal consideró que el aumento del electorado en el exterior —de 2,3 millones en 2023 a 2,7 millones en julio de 2026— constituye un «riesgo real y grave para la objetividad de las elecciones». El Gobierno y la Fiscalía solicitaron la revocación de la medida alegando «imposibilidad material», pero el Supremo la denegó.