Las discusiones jurídicas sobre el uso de lugares de garaje como almacén en España producen resultados diferentes según el contenido de los estatutos de la comunidad.
El Tribunal de Guipúzcoa, hace meses, decidió a favor de los propietarios porque los estatutos no definían el lugar como garaje, otorgando así permiso para almacenar bienes.
Sin embargo, el gestor de propiedad María del Carmen Martín señala que si los estatutos contienen una definición clara de "lugar de garaje", ese espacio solo puede utilizarse para estacionar vehículos; en caso contrario, la comunidad puede iniciar una demanda.
