La Audiencia Nacional de España anuló la sanción fiscal de 36,8 millones de euros que surgió tras el cuestionamiento por parte de Hacienda de las deducciones fiscales utilizadas por Ferrovial durante la compra de las empresas extranjeras Amey y Swissport entre 2003 y 2005.
El tribunal, basándose en las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de junio de 2025, y tal como aceptó la Abogacía del Estado, determinó que el derecho de Ferrovial a beneficiarse de esas deducciones está garantizado.
La resolución anula la liquidación del Impuesto de Sociedades correspondiente al período 2006-2009 y su confirmación por el TEAC, lo que obliga a la devolución del importe abonado por la compañía.
